4.03.2008

Normas de Relación FCPD - INDER

NORMAS QUE REGULAN LAS RELACIONES ENTRE LA ASOCIACION DENOMINADA “FEDERACION CUBANA DE PESCA DEPORTIVA” Y EL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FISICA Y RECREACION (INDER)

PRIMERO: La asociación denominada “Federación Cubana de Pesca Deportiva” a fin de cumplimentar lo establecido por la Ley No. 54 de fecha 27 de diciembre de 1985, “Ley de Asociaciones”, se vincula al Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación, como Organismo de la Administración Central del Estado que la auspicia.

SEGUNDO: El INDER tendrá en relación con la FCPD las siguientes funciones:

a) Brindar el apoyo material, financiero, político y de asesoramiento científico- técnico que se requiera por la FCPD para el desarrollo de sus actividades.

b) Representar a la FCPD ante los Organismos del Estado.

c) Supervisar el funcionamiento de la FCPD acorde a sus Estatutos y los objetivos comunes trazados.

d) Controlar el uso adecuado de los recursos materiales y financieros que le brinde a la FCPD mediante inspecciones y auditorías.

TERCERO: La FCPD tendrá en relación con el INDER las siguientes obligaciones:

a) Coordinar con el INDER para su aprobación la participación en conferencias, eventos y competencias nacionales e internacionales, así como sus relaciones con entidades afines en el extranjero.
b) Cumplir los lineamientos generales y específicos, trazados por el INDER, que rigen la actividad.
c) Rendir informe anual al INDER sobre el estado de la situación financiera y las actividades desarrolladas por la Asociación.
d) Coordinar con el INDER toda publicación que se requiera editar con relación a la asociación.
e) Cumplimentar cualquier tipo de información solicitada por el INDER referente a la Asociación.

CUARTO: El Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación delega en su Dirección de Recreación las orientaciones metodológicas que deban impartirse a la FCPD, así como el control y supervisión del cumplimiento de las referidas orientaciones.

Dada en la Ciudad de La Habana a los tres días del mes de abril de mil novecientos ochenta y nueve, “Año 31 de la Revolución”.

(firmado)

Conrado Martínez Corona Angel Lenis Gual Salfrán
PRESIDENTE INDER PRESIDENTE FCPD

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