El límite de lo legal
del camarón de ley
Bien con carnada, bien con señuelo artificial, el primer
sábado de febrero de este año la mayoría de los aficionados pescaban a la línea
en el embalse Los Palacios. Por excepción, un grupo se dedicaba a la captura de
camarones, que allí crecen en talla notable y por ello algunos decían que se
trataba de “camarones de ley”, una especie local, mientras otros aseguraban que
eran langostinos introducidos para la cría artificial hace algunos años.
En una bolsa plástica de compras se estimó esa tarde que
habría más de 10 libras de camarón. Alguien dijo haber visto el acopio de medio
saco, lo que podría significar una cantidad de cincuenta libras. Otro llegó a
afirmar que fueron varios sacos en total. Los pescadores de camarón empezaron
alrededor de las siete de la mañana y todavía a las cinco de la tarde se pudo
hacer una colecta de camarones que arribaban a la cortina del embalse.
El verdadero camarón de ley debe de haber sido consumido
desde muy antiguo por la gente del campo en Cuba. Hace años se supo que la
captura de camarón en arroyos del Escambray, “cueveándolos” a mano a lo largo
de un arroyo, era una agradable diversión dominguera que culminaba con el
manjar razonablemente degustado, acompañado por alguna bebida espirituosa. Aprovechar
como alimento un recurso natural no constituye de modo obligatorio un acto
ilegal. La especie humana pudo desarrollarse y luego subsistir gracias a la
práctica de la caza, la pesca y la colecta de elementos del medio silvestre.
Durante la última década del pasado siglo, que en la memoria
nacional ha quedado acuñada como el “Período Especial”, la captura de peces,
crustáceos y moluscos fue una de las variantes que permitieron la subsistencia
a una parte de la población del país. Hoy se conoce que tales camarones “de
ley”, o langostinos de agua dulce, constituyen la base de un producto
gastronómico de relativamente elevado valor en restaurantes privados, los
llamados “paladares”.
Siendo una especie cultivada, cuya presencia en embalses
abiertos, en lugar de estanques controlados, probablemente pueda explicarse
como parte de los stocks de áreas de cría artificial del crustáceo que por
alguna vía se ha escapado al medio natural. Desde el punto de vista económico,
entonces, esta pesca no es significativa. Desde el punto de vista ecológico, siendo
ajenos a la fauna fluvial del país, su extracción no es en sí misma un
problema. El empleo de productos contaminantes sí lo es, para las aguas y sus
habitantes, y para quienes consumirán luego el delicado manjar.
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